ISLAM Y LAICIDAD Abderramán Benyahya



El islam no precisa de justificación alguna ante las culturas occidentales para su legitimación, el islam tiene una base humanista y racionalista que legitiman su contemporaneidad, lo que no es óbice para que el mundo musulmán se abra al conocimiento de Occidente, y no solo al  conocimiento tecnológico y científico,  se ha de abrir a lo filosófico y político y a su modelo de cohabitación plural, sin que esto signifique imitación o renuncia alguna a los propios valores islámicos. La renuncia al rigorismo debe permitir abordar un ejercicio autocritico en detrimento del victimismo del que hacemos gala los musulmanes, afianzar un discurso racional compatible con un Islam ajeno a los dogmas de fe.  En un mundo globalizado, donde los hijos de quienes un día fueron inmigrantes y hoy forman parte de sociedades secularizadas, impera, no solo la necesidad, sino el deber de repensar un modelo de ciudadanía plural, que sin necesidad de renunciar a valores morales, puedan constituir una ética común.  
La Democracia Occidental y su capitalismo, que no son la panacea, también debe reinventar su economía capitalista, cuyo proteccionismo garantiza, cada vez menos, un bienestar social a sus ciudadanos en detrimento de la libertad y de una distribución de las riquezas en los países musulmanes, entre otros, deben dejar de ser unas democracias cómplices y amparadoras de la represión de la libertad y la violación de los Derechos Humanos.  Oriente y Occidente deben emprender una cooperación internacional basada en la reciprocidad, no esencialmente en la comercial o económica, sino también en una reciprocidad exigente y vigilante, una reciprocidad que garantice unos valores que han de ser comunes al conjunto de los ciudadanos de una y otra parte. Occidente debe exigirse una cooperación internacional con sistemas homologables en lo que respecta a la libertad de expresión, de elección y de opción, una cooperación que posibilite que en el mundo musulmán, donde imperan legislaciones basadas en la Sari’a, cuyas normas de convivencia y relaciones sociales se establecen como normas jurídicas, no supongan instrumentos restrictivos o coactivos al servicio de tiranías para la merma del desarrollo de la personalidad o las libertades individuales y colectivas. Los políticos y los medios de comunicación se deben imponer un diccionario que no ofenda la sensibilidad del creyente, hay que arrebatar al diccionario de las ideologías del odio y del asesinato los nobles términos de “islámico”,  “salafí”, o yihadismo, porque son calificativos muy loables para que, por ignorancia, se les cedan al terrorismo, se debe distinguir entre la violencia legítima y el terrorismo, no se puede llamar terrorista a quienes atacan los tanques extranjeros que ocupan su país sin revisar la propia historia, que si quienes atentaban en las calles de Francia contra la ocupación alemana o quienes un dos de mayo se alzaron contra las tropas napoleónicas son héroes,  un resistente a la ocupación extranjera en un país musulmán no puede ser otra cosa.  Impera la necesidad de una verdadera primavera árabe, para que junto a quienes desde Occidente se opongan en serio a una creciente islamofóbia  en forma de extrema derecha, puedan confluir en unas exigencias comunes en ambas orillas mediterráneas.  
En el mundo musulmán es necesario un movimiento de secularización que ponga coto a una elite religiosa, sumisa y condescendiente con los mandatarios y sin más fin que el de dar visos de sacralidad al despotismo de una oligarquía asentada, mimada y represora, una secularización  basada en la doctrina islámica de Darurat o extrema necesidad; capaz de garantizar una legislación de inspiración islámica desde el desarrollo del propio Fiqh o derecho islámico. Es necesaria una regeneración política, se precisa de una clase dirigente capaz de diferenciar entre los principios inquebrantables y la norma jurídica, distinguir entre lo variable y lo inalterable, entre lo alegórico y lo literal de las sagradas escrituras, comprender la voluntad divina y  entender su aplicación en tiempo y espacios determinados. Se impone la necesidad de plantar cara al rigorismo con una exegesis desbloqueada, que deje por sentada la vigencia del Corán,  desde la base que lo revelado en lugar y espacio para la comprensión y asimilación de la mentalidad y conocimiento del momento, no es siempre aplicable en otros lugares y momentos. Es necesario un Derecho Islámico que determine la eventualidad y especificidad de las normas y cuando éstas no son de aplicación, debido al momento, circunstancia o lugar.
El mundo musulmán, ya sea como sociedad mayoritaria o como minoría,  debe ser consciente de la diversidad y de la existencia del otro, sea éste musulmán o no, se ha de imponer la coherencia  con la universalidad del islam y la existencia de lo diferente, porque la razón  y la lógica están amparadas por la sunna y el propio Derecho Islámico, que no hay circunstancias iguales, que la variante de la situación, del momento y el lugar, salvo  Maqasid al Shari’a,  propician cambios en la propia norma, aún cuando ésta tiene su base en el mismo Corán, que la literalidad coránica no siempre constituye norma jurídica inquebrantable. El Islam no debe ser pretexto para ningún tipo de imperialismo, que la elección del árabe, como lengua de la revelación, no es pretexto para la implantación del insistente panarabismo, que no existe un pueblo musulmán, ni una nación islámica, que distintos pueblos, culturas y naciones conforman el Islam, y el Derecho Islámico depende de su territorialidad, un derecho que desarrolla sus propios instrumentos jurídicos, como la costumbre y las practicas Jurídicas que garantizan el reconocimiento de la diversidad interislamica.
Los musulmanes deben ser vigilantes para evitar que la política sin escrúpulos manipule su imaginario colectivo, saber distinguir las causas religiosas de las que no lo son.  Es necesario establecer el imperio de la coherencia, valorar la vida humana por igual, que tan condenable es el asesinato a manos de tiranos o terroristas árabes, como condenable si es a mano de los israelíes, que los que ponen bombas en mercados o colegios matando a civiles, mujeres y niños son miserables terroristas, que no tienen cabida en nuestra sociedad, que la vida de un libio es igual que la de un palestino, que los conflictos regionales no son conflictos religiosos.  
En un mundo cada vez más globalizado, donde en Occidente impera la separación de la Iglesia del Estado y los musulmanes somos minoría, no debemos contribuir a que el Islam sea percibido como una amenaza a los valores de un modo de vida, no otorgado, sino conquistado por la gente del lugar. Nuestras normas sociales que tienen base Islámica y que en territorios de mayoría Islámica se traducen en Derecho, en estos lugares y circunstancias, se debe recurrir al principio del Taysir o facilitación y transformar las normas en valores éticos, porque la secularización occidental no es ajena a valores éticos y morales.
La fe, el honor, la propiedad, la vida y el intelecto, como valores fundamentales del islam o Maqasid al Shari’a, también están protegidos, además de otros derechos,  por las legislaciones occidentales. Existen referencias históricas del islam como minoría desde los inicios del Islam, los musulmanes pactaron su convivencia en tierras no musulmanas, lo que constata el reconocimiento del Islam de la propia diversidad, con la salvedad, que en la actualidad los musulmanes en Occidente no constituyen comunidades exiliadas, sino que forman parte de una realidad denominada ciudadanía plural. Pero aun cuando se tratase de sociedades hostiles al pensamiento y prácticas  musulmanas, el principio del Taysir dota al musulmán de instrumentos como la intención interior o profunda, un instrumento que permite al musulmán el exilio interior sin necesidad de exiliarse físicamente. La  legitimidad para cuestionar que desde fuera del mundo musulmán se pretenda imponer un modelo de convivencia, se pierde cuando las comunidades musulmanas pretenden imponer su modelo a una sociedad no islámica.   
El Derecho Occidental, como el Islámico, está sujeto a un Estado, por lo que el musulmán está obligado a un conocimiento básico de las normas legales que imperan en el lugar de su residencia, no se le exige nada que no se le exija a un no musulmán en un Estado Islámico, las leyes son aplicables a todos los ciudadanos por igual, las leyes pueden tener en cuenta tradiciones, costumbres y prácticas religiosas, pero no alteran el ordenamiento jurídico, como también ocurre en el Derecho Islámico. Las legislaciones occidentales permiten al musulmán mantenerse en el seno de la Shari’a sin necesidad de generar un derecho jurídico distinto. Pero no solo el Derecho Occidental está sujeto a la territorialidad estatal, sino el propio Derecho Islámico se desarrolla en base a demarcaciones territoriales o estatales, una norma aplicable en Medina no era aplicable en Damasco o en Bagdad. Los musulmanes debemos tomar conciencia que con la globalización el Islam debe seguir desarrollando su universalidad y que con la globalización el Islam no quede suscrito a un territorio determinado, que en occidente no imperan fronteras religiosas, que desde la Sari’a y el Derecho Occidental existen mecanismos para el desarrollo de nuestra islamidad, una Islamidad compatible con la secularización y la convivencia en los Estados de Derecho, que el Islam no se tiene que reinventar, sino reinterpretar una serie de conceptos que tienen su base en una amplia jurisprudencia.

En Melilla hemos incidido siempre en las características de la ciudad que la convierten en laboratorio, un laboratorio en el que no solo han de experimentar modelos de convivencia intercultural o multiconfesional, el Islam tiene en Melilla el escenario idóneo para desarrollar y consensuar, por primera vez en la historia del Islam, un estatuto para los millones de musulmanes que viven como minorías en este mundo globalizado. Desde la propia costumbre (‘Urf) como instrumento jurídico de la Metodología de Desarrollo de la Norma (‘Usul al Fiqh), basándose en la existencia de una amplia jurisprudencia, se pude definir un Estatuto para los musulmanes nacionales de estados aconfesionales, un Estatuto acorde con las realidades y alejados del intervencionismo extranjero.

  
Abderrahman Benyahya
Asociación Musulmana de Melilla
Carlos Ramirez de Arellano, 4  1ºA
52004 MELILLA

Comentarios