En voz alta
Gdim Izik/Justicia marroquí
Antes de olvidar
Marruecos ha conocido una importante reforma de la
justicia militar, en virtud de la cual sus sentencias son susceptibles de recursos
al tribunal de casación y las diligencias para con civiles están reservadas a
las jurisdicciones civiles, lo que ha permitido enviar el expediente de Gdim
Izik hacia un tribunal civil y de anular el veredicto del tribunal militar.
¿Cómo se llama esto en la terminología de derecho para los no
demagogos y para los no profesionales de la politización de todo?
En todo caso, Marruecos posee actualmente un sistema jurídico avanzado
consolidado, de conformidad con la Constitución del 2011 que consagra las
condiciones y las garantías de un juicio equitativo y la independencia del
poder judicial y a la enmienda del procedimiento penal.
La adopción de la ley 108-13 relativa a la justicia militar está
considerada como una excepción marroquí de la que los marroquíes y todos los
amantes de la paz y de la justicia deben sentirse orgullosos, habida cuenta de
que esta reforma interviene para adaptar la legislación nacional relativa a la
justicia militar a las disposiciones de la Constitución y a los principios y normas internacionales en
este dominio y traducir el compromiso constitucional de Marruecos en materia de
edificación del estado de Derecho y la protección y promoción de los derechos humanos.
Los representantes de la defensa han subrayado durante una rueda de
prensa que el traslado de este asunto ante una jurisdicción civil es legal y se
enmarca en los Derechos humanos contrariamente a las alegaciones de algunas
organizaciones internacionales que pretenden que este expediente reviste un carácter
político, tratando con ello de transformar las victimas en acusadas y los
acusados en victimas.
Asimismo la decisión del tribunal de casación de enviar el asunto a
una jurisdicción de derecho común en vez de justicia militar debe permitir
levantar la ambigüedad y dar la oportunidad a las familias de las víctimas y de los acusados de dar a conocer sus
reivindicaciones y defender sus derechos.
En este orden de ideas, en una carta dirigida a todos los defensores
de la justicia, la defensa de las familias y de los que tienen derecho de las víctimas
de los acontecimientos de Gdim Izik ha deplorado profundamente las
contra-verdades contenidas en el comunicado de algunas ONGS que han resumido
las razones del juicio contra los acusados a “su participación en manifestaciones
sociales, descuidando deliberada e inmoralmente los criminales actos cometidos
por los que el tribunal debe pronunciarse conforme a la ley.
De modo que los incidentes de Gdim Izik, que no son manifestaciones
sociales sino crímenes de lesa majestad, remontan a los meses de octubre y
noviembre del 2010 durante el desmantelamiento del improvisado campamento, había
causado 11 muertos entre las fuerzas del orden, totalmente desarmadas, entre
ellas un elemento de la protección civil, 70 heridos entre estas fuerzas del
orden no armadas y 4 entre civiles así como cuantiosos daños materiales en los establecimientos
públicos y bienes privados.
¿Si derechos humanos protegen a los autores qué derechos deben
proteger a sus víctimas?
Finalmente observadores internacionales que habían seguido el juicio
en el tribunal militar, habían puesto el acento en sus informes sobre “la “transparencia”
del procedimiento del juicio basado en los principios del Estado de derecho y
el respeto de los derechos humanos.
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