Con el pretexto de preservar la credibilidad y la
transparencia del proceso electoral y de evitar lo que es inherente de con
tribuir a la orientación de la voluntad de elección de los electores, Interior
acaba de publicar un comunica do en el que anuncia que la realización o la publicación
de sondeos de opinión de carácter político està prohibido.
Según este ministerio se ha
constatado últimamente que algunos órganos de prensa han realizado y publicado
sondeos de opinión de carácter político, sobre, especialmente las intenciones
de votos y los resultados de los actores políticos.
Interior precisa, por otra parte, que en ausencia de un marco
legislativo que rige los sondeos de opinión y su control, éstos permanecen “imprecisos
y parciales” en la mayoría de los casos.
“Està prohibido realizar o publicar sondeos de opinión de carácter político.
En caso de infracción habrán recursos judiciales que tomaran un c arac ter
penal para toda publica n hecha durante el periodo que oscila entre el décimo
quinto día que precede el periodo que precede el comienzo de la campana
electoral hasta finales de la operación de voto” , subraya el comunica do de Interior
que recuerda en este marco las disposiciones de la ley 57. 11 que estipula en su
artículo 11 5 que queda prohibido realizar sondeos de opinión con algún
vinculo directo o indirecto con un referéndum,
elecciones legislativas o elección es de Concejos de colectividades territoriales
de Cámaras profesión ales duran te el periodo comprendido entre el día que precede la fecha fijada para el
comienzo de la campaña refrendaría o electoral hasta el final de la operación del
voto.
La misma ley estipula igualmente que se castigaría con un mes a un año
de prisión y una multa de 50. 000 a 100 000
Dh a quien viole las disposiciones de dicha ley
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