Por iniciativa del gobierno para ir en el sentido
de la paridad entre los dos sexos y alcanzar la equidad, reunida el miércoles
pasado (10-6) en Rabat, la Comisión
de la educación, cultura y comunicación de la Cama de representantes (primera cámara del
parlamento marroquí bicameral) voto una enmienda que completa la ley 77.03
sobre la discriminación contra las mujeres en materia publicitaria.
El texto de ley prohíbe, desde ahora en adelante,
toda publicidad que pueda atentar contra la mujer o que comprenda imágenes negativas
o refleje una situación de inferioridad así como la incitación a la discriminación
respecto a la mujer en razón de su sexo.
A la luz de este texto, toda publicidad que se enmarque
en los casos antes citados, deberá, desde ahora en adelante, ser prohibida de difusión.
Durante la discusión, los diputados de la mayoría
aplaudió con las dos manos este proyecto que va en el sentido de una mejora de
la imagen de la mujer mientras que sus colegas de la oposición buscaba
argumentos para restar importancia a la iniciativa.
Ahora, que el texto de la “revolucionaria’
enmienda ha sido votado, como lo pregunta “PanoraPost” ¿Quién determinará el hecho de que una publicidad
constituye una ofensa para la mujer? ¿Sobre qué criterios se va a decidir que
una imagen es negativa y qué es una imagen negativa?
Lo esencial es la iniciativa en si misma. Es decir:
el primer paso. Dicho con otros términos reconocer que la mujer marroquí es
objeto de cierta discriminación en materia publicitaria, que no es poco. Luego
no debe ser difícil contrarrestar estas siniestras concepciones.
De hecho en materia publicitaria en Marruecos no
solo la mujer es objeto de discriminación, sino todos los marroquíes y hasta
todo lo que Dios.
Comentarios
Publicar un comentario