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Consejo de la Función Pública: ¿Fin del funcionario o el hombre que funciona?
El consejo de la Función Publica
que había sido instituido en el ano 200 y que no se ha reunido desde hace
cuatro anos, lo ha hecho hoy (martes).
La Función publica marroquí esta regida por un estatuto
que había sido adoptado en 1959. Desde entonces tanto la política como la economía
ha conocido profundos y enormes cambios, limitándose los gobiernos que se han
sucedido en Marruecos a aportar leves enmiendas a un habeas corpus legal, cada
vez menos coherente.
Estatutos, contratos,
formación, acceso a la información importante cambios que deben cambiar el
curso de la Función Pública
en Marruecos, poniendo punto final a su anacronía y a su estagnación.
Para el ministro
Mohamed Mubdih “es imperativo cambiar los actuales estatutos para adaptarlos a
la realidad y adecuarla con el espíritu y la letra de la Constitución del 2011”.
En la opinión del
titular delegado encargado de la Función Publica y la modernización de la administración
se trata de “la armonización del estatuto de la función pública con los principios
de rendimiento de cuentas, del enfoque del género así como del enfoque de la
profesionalidad”.
En efecto, hasta
ahora el único o por lo menos el primordial criterio para obtener una contratación
es o son el/los diplomas que en opinión del ministro “casi nunca da/dan cuenta
de las competencias del candidato”.
Como muchos
otros países y como lleva instando el Banco Mundial es necesaria una mayor
flexibilidad en la Función
Pública para la obtención de empleos.
Marruecos esta
en vísperas de un auténtico punto de inflexión en su gestión de la función
publica, tanto mas que el propio ministro ha prometido un libre acceso a la información
en torno a las demás administraciones publicas.
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