Consejo de la Función Pública: ¿Fin del funcionario o el hombre que funciona?



El consejo de la Función Publica que había sido instituido en el ano 200 y que no se ha reunido desde hace cuatro anos, lo ha hecho hoy (martes).

La Función publica marroquí esta regida por un estatuto que había sido adoptado en 1959. Desde entonces tanto la política como la economía ha conocido profundos y enormes cambios, limitándose los gobiernos que se han sucedido en Marruecos a aportar leves enmiendas a un habeas corpus legal, cada vez menos coherente.

Estatutos, contratos, formación, acceso a la información importante cambios que deben cambiar el curso de la Función Pública en Marruecos, poniendo punto final a su anacronía y a su estagnación.

Para el ministro Mohamed Mubdih “es imperativo cambiar los actuales estatutos para adaptarlos a la realidad y adecuarla con el espíritu y la letra de la Constitución del 2011”.

En la opinión del titular delegado encargado de la Función Publica y la modernización de la administración se trata de “la armonización del estatuto de la función pública con los principios de rendimiento de cuentas, del enfoque del género así como del enfoque de la profesionalidad”.

En efecto, hasta ahora el único o por lo menos el primordial criterio para obtener una contratación es o son el/los diplomas que en opinión del ministro “casi nunca da/dan cuenta de las competencias del candidato”.

Como muchos otros países y como lleva instando el Banco Mundial es necesaria una mayor flexibilidad en la Función Pública para la obtención de empleos.

Marruecos esta en vísperas de un auténtico punto de inflexión en su gestión de la función publica, tanto mas que el propio ministro ha prometido un libre acceso a la información en torno a las demás administraciones publicas.

 

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